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Todo lo que debes saber de los tipos de pensiones del IMSS

Escrito por Credifiel | 18-may-2020 12:00:00

Pensión por vejez, pensión por riesgo de trabajo, pensión por invalidez, pensión por viudez, pensión por orfandad. Te explicamos los tipos de pensiones del IMSS, sus montos, cuál es la mejor edad para pensionarte y cómo puedes aumentar tu pensión para disfrutar tu etapa de jubilación con la mejor calidad de vida.

 

A continuación, te mostramos una tabla de contenido que contiene toda la información que necesitas saber sobre los distintos tipos de pensiones del IMSS, formas de aumentar tu pensión y financiamiento para jubilados y pensionados, para que encuentres la información puntual que buscas de una forma mucho más sencilla.

Pensión IMSS por vejez y pensión por cesantía en edad avanzada

La pensión IMSS por vejez es una prestación económica que te protege como trabajador, a la cual puedes acceder una vez que cumplas 60 años de edad.
 

Este derecho a la pensión tiene distintas características y requisitos, que dependen del momento en el cual comenzaste a cotizar semanas de trabajo en el seguro y el tipo de régimen bajo el que estás:

1. Ley del IMSS de 1973 (Régimen de la Ley del Seguro Social 1973)

Requisitos 

  • Haber cotizado antes del 1 de julio de 1997.
  • Tener al menos 60 años al momento de presentar tu solicitud de pensión.
  • Haber causado baja en el Régimen Obligatorio de la Ley del Seguro Social.
  • Tener al menos 500 semanas cotizadas ante el IMSS.
  • Estar dentro del período de conservación de derechos, que es igual a la cuarta parte del tiempo cubierto por tus cotizaciones semanales, contando desde tu fecha de baja.

2. Ley del IMSS de 1997 (Régimen de la Ley del Seguro Social 1997)

Requisitos

  • Tener al menos 60 años al momento de presentar tu solicitud de pensión.
  • Haber causado baja en el Régimen Obligatorio de la Ley del Seguro Social.
  • Tener al menos 1,250 semanas cotizadas ante el IMSS.
Este tipo de pensión tiene dos rubros a los cuales puedes calificar:

  1. Pensión por cesantía en edad avanzada. Cuando dejas de realizar trabajo remunerado a partir de los 60 años de edad.
  2. Pensión por vejez. Cuando dejas de realizar trabajo remunerado a partir de los 65 años de edad.

A continuación, te compartimos un cuadro comparativo con el cual conocerás el funcionamiento y características de la pensión por vejez o cesantía en edad avanzada para ambos regímenes.

 

Ley del IMSS de 1973

Ley del IMSS de 1997

La pensión se integra con base en el número de semanas cotizadas (SBC) de los últimos 5 años y la edad del asegurado.

Para el caso de la pensión de cesantía en edad avanzada, el monto de pensión corresponde de acuerdo con la edad:

  • 60 años -75%
  • 61 años -80%
  • 62 años -85%
  • 63 años -90%
  • 64 años -95%

La pensión se determina a partir del cálculo del salario diario promedio de las últimas 250 semanas cotizadas y el nivel salarial.

La pensión es soportada por una Administradora de Fondos para el Retiro (Afore ) o una aseguradora previamente seleccionada y tendrás derecho a elegir entre dos opciones:

Renta vitalicia

La aseguradora acuerda contigo un monto mensual que se te pagará de forma vitalicia, ajustado año con año de acuerdo con el Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC).

El monto se descuenta previamente de la cantidad derivada del Seguro de Sobrevivencia a favor de tus beneficiarios. Este seguro sirve para otorgar una pensión a tus beneficiarios en caso de fallecimiento.

Retiro programado

En esta modalidad los fondos no se transfieren a una aseguradora y siguen en tu propiedad bajo la administración de la Afore.

Para calcular el monto, debes cubrir primero el pago del Seguro de Sobrevivencia para tus dependientes económicos, posteriormente se calcula el importe de retiro anual, equivalente a la cantidad que resulte al dividir el saldo de tu cuenta entre el factor de unidad de renta vitalicia.

El pago mensual corresponderá a la duodécima parte del retiro anual.

Con retiro programado los montos se actualizan con base en el rendimiento que generaron durante el tiempo administrado por la Afore, menos su comisión.

Puedes solicitar un préstamo de tres meses de pensión sin tasa de interés.

No puedes solicitar préstamos.

Tu aguinaldo es equivalente a un mes de pensión.

No tienes aguinaldo.

En caso de muerte se otorga pensión de orfandad y/o viudez.

Con retiro programado, en caso de fallecimiento puedes heredar los fondos restantes a tus beneficiarios.

Con la renta vitalicia los beneficiarios obtienen una pensión por parte de la asegurada siempre y cuando cumplan con los criterios establecidos por la misma.

Contarás con servicio médico y acceso a instalaciones recreativas y deportivas del Instituto Mexicano del Seguro Social.

 

 

Si deseas iniciar tu trámite de pensión puedes hacerlo acudiendo a la ventanilla de prestaciones económicas en tu clínica del IMSS o Unidad de Medicina Familiar (UMF) más cercana), y puedes consultar los documentos que necesitas presentar aquí.

Pensión IMSS por riesgo de trabajo

Este tipo de pensiones te protege de los peligros que pueda tener tu trabajo, dándote un soporte económico en caso de tener algún accidente o contraer una enfermedad en el ejercicio de tu labor, lo cual te inhabilite para continuar trabajando.

 

En caso de fallecimiento, la pensión por riesgo de trabajo puede otorgarse a tus beneficiarios en alguno de los siguientes casos:

 

Pensión otorgada al beneficiario

Monto de la pensión

Pensión IMSS de viudez

40% de la pensión del trabajador. 

Pensión IMSS de orfandad

20% de la pensión del trabajador para hijos que tengan entre 16 y 25 años.

Pensión IMSS para ascendientes (padres del trabajador)

20% de la pensión del trabajador en caso de que no exista viuda o huérfanos.

 

Pensión IMSS por invalidez

El Seguro Social considera como invalidez cuando el trabajador mantiene un estado físico o mental que le impide realizar labores remuneradas de la misma forma, o equivalente al 50% de la actividad que realizaba durante su último año de labores, siempre que esto haya sido causado por una cuestión ajena a su ejercicio profesional.

 

Para que puedas acceder a este tipo de pensión, un médico legista perteneciente al IMSS debe determinar el estado de invalidez, la cual puede ser de dos tipos:

  1. Invalidez parcial: cuando la persona aún puede reintegrarse a su trabajo.
  2. Invalidez definitiva: cuando la persona tiene algún padecimiento que puede prolongarse de forma indefinida, lo cual evita que pueda volver a trabajar.
 

En caso de fallecimiento, la pensión por invalidez puede otorgarse a tus beneficiarios en alguno de los siguientes casos:

 

Pensión otorgada al beneficiario

Monto de la pensión

Pensión IMSS de viudez

90% de la pensión del trabajador.

Pensión IMSS de orfandad

20% de la pensión por invalidez.

Pensión IMSS para ascendientes (padres del trabajador)

No aplica.

Pensión IMSS por viudez

Este tipo de pensión se otorga a tus beneficiarios en caso de fallecimiento. De acuerdo con la Ley del Seguro Social, la pensión por viudez se otorga desde el momento en que el trabajador o pensionado fallece, sin importar el motivo.

 

El beneficiario directo que recibirá la pensión por viudez será el viudo o concubina, y en caso de que no exista una relación legal con la persona que exija tu pensión como trabajador, deberá llevarse a cabo un juicio para acreditar el vínculo y que tu pareja pueda recibirla.

 

Tipo de pensión del trabajador

Monto de la pensión que recibirá él / la viuda

Pensión IMSS por riesgo de trabajo

90% de la pensión del trabajador.

Pensión IMSS por invalidez

20% de la pensión del trabajador.

Pensión IMSS por orfandad

La pensión IMSS por orfandad se otorga en caso de fallecimiento a cada uno de tus hijos cuando son menores de 16 años, al acreditar al menos 150 semanas cotizadas o en caso de que hayas recibido una pensión por riesgo de trabajo o invalidez.

 

Tipo de pensión del trabajador

Monto de la pensión que recibirá él / la viuda

Pensión IMSS por riesgo de trabajo

20% de la pensión del trabajador.

Pensión IMSS por invalidez

20% de la pensión del trabajador.

¿Cómo aumentar mi pensión en el IMSS?

Para aumentar tu pensión en el IMSS puedes optar por un esquema de ahorro voluntario, que te permite hacer aportaciones extra a tu cuenta individual de AFORE, algo que tiene distintos beneficios como:

  • Mayor rendimiento en tu ahorro.
  • Opción de hacer tu ahorro deducible de impuestos.
  • Flexibilidad de ahorro de acuerdo con tus posibilidades.
  • Seguridad debido a que las AFORES son supervisadas por CONSAR.

¿Cuánto puede aumentar tu pensión si realizas ahorros voluntarios?

>>*Ahorro voluntario y pensión: considerando que comienza a cotizar a los 25 años y se retirará a los 65 años, con un rendimiento neto anual de 4%, densidad de cotización de 80% y una URV vigente al 22 de julio de 2015.<<

Tipos de ahorro voluntario

  1. Ahorro voluntario IMSS a corto plazo. Aportaciones económicas extra para tu pensión, que realizas a tu AFORE y puedes retirar a partir de los dos meses posteriores a tu inversión.
  2. Ahorro voluntario IMSS a mediano plazo. Aportaciones económicas extra para tu pensión, que debes mantener invertidas en tu AFORE al menos durante 5 años. 
  3. Ahorro voluntario IMSS a largo plazo. Aportaciones económicas extra para tu pensión, que debes mantener en tu cuenta AFORE hasta que cumplas 65 años.

¿Cómo hacer ahorros voluntarios a tu pensión del IMSS?

1. Ahorro voluntario al IMSS por domiciliación electrónica. Con esta modalidad, las aportaciones extra para tu pensión, a partir de $100 y hasta $50 mil pesos, se descuentan a tu tarjeta de débito y son transferidas automáticamente a tu AFORE.

 

Si te interesa esta opción puedes iniciar tu trámite en el sitio web de e-sar aquí.

 

2. Ahorro voluntario al IMSS en tiendas de conveniencia. Esta opción te permite realizar aportaciones extra para tu pensión desde $50 en más de 15 mil lugares diferentes y sin comisión como:

  • 7-Eleven, Círculo K y Extra.
  • Telecomm, Banco del Bienestar y la Red de la Gente.
  • Walmart, Sam's Club, Superama, Bodega Aurrerá y Chedarui.
  • Farmacias del Ahorro, Yastás y Punto Recarga.
 

3. Ahorro voluntario al IMSS en ventanilla.Puedes acudir directamente a cualquier sucursal de tu AFORE y realizar aportaciones extra para tu pensión. En esta modalidad no existen montos mínimos o máximos.

 

4. Ahorro voluntario al IMSS a través de tu patrón. Con esta modalidad, las aportaciones extra para tu pensión se descuentan vía nómina con ayuda de tu área de Recursos Humanos.

 

5. Ahorro voluntario al IMSS por Internet. Puedes realizar aportaciones extra para tu pensión mediante el sitio web de tu AFORE.

 

6. Ahorro voluntario al IMSS mediante distintas aplicaciones en tu celular. Esta opción te permite realizar aportaciones extra para tu pensión mediante el uso de la app Afore Móvil, la cual se conecta directamente con la empresa que administra tu AFORE.

Financiamiento para jubilados y pensionados del IMSS

Si deseas conocer el cálculo de la cantidad que recibirás por tu pensión de acuerdo con tu vida laboral, puedes entrar a la siguiente Calculadora para trabajadores que cotizan al IMSS.

 

Conocer el tipo de pensión a la cual tienes derecho como trabajador del IMSS es importante para que puedas planear tus finanzas de acuerdo con la calidad de vida que deseas tener al finalizar tu etapa laboral.

 

Si eres jubilado o pensionado del IMSS, deseas conocer más información al respecto o estás planeando esta siguiente etapa en tu vida quizás te interese el siguiente artículo: Ideas de negocios para jubilados y pensionados.